06 agosto 2005

LA DIRECTORA DE REGISTROS ADVIERTE QUE EL TC NO PERMITE A LOS ENCARGADOS DE REGISTROS CIVILES PARALIZAR MATRIMONIOS GAY



La directora de los Registros del Secretariado, Pilar Blanco Morales, afirmó hoy en Onda Cero que "ni la Constitución ni la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional permite que los encargados de los registros civiles paralicen la aplicación de una ley porque tengan dudas acerca de la interpretación de una ley aprobada por el Parlamento donde reside la soberanía popular".

Pilar Blanco considera que "el problema es estrictamente administrativo y no hay que polemizar, sino aplicar las vías que en el derecho establece para plantear en cada caso las cuestiones que cada funcionario tiene en su competencia".

En cuanto a la supuesta ilegalidad porque uno de los contrayentes sea extranjero, la directora de Registros señaló que "se ha planteado una consulta a la dirección general, que es el superior jerárquico en los registros civiles, y desde allí se ha dictado una resolución circular aclarando todos esos extremos".

CONTRAYENTE EXTRANJERO, CASO POR CASO

En este sentido explicó que en España no se puede celebrar un matrimonio si al menos uno de los contrayentes no reside aquí, es decir, "si no hay una vinculación real entre ambos" y matizó que "hay que analizar cada caso" ya que en algunos países se reconoce el matrimonio homosexual, otros reconocen efectos a las parejas del mismo sexo y otros no reconocen ninguno de los dos casos. En este último caso, indicó, "hay que actuar como en los casos donde debe prevalecer la ley española".

Sobre los accidentes con las parejas de Denia y Gran Canaria, a las que se les ha negado el derecho a casarse, Pilar Blanco explicó que se trata de un "procedimiento administrativo abierto", y aclaró que en el caso de Denia "ya se ha planteado y remitido la cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional".

"Una pareja homosexual no tiene por qué consultar qué registro le permite casarse" subrayó, y consideró que "por dignidad y respeto a la ley, debe casarse allí donde la ley se lo permite, que es el registro civil como órgano competente".

Información extraida de: Europa Press

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