20 octubre 2005

EL JUEZ ARCHIVA EL CASO DE "BULLING" DE MOLLERUSSA DESPUÉS DE LA MEDIACIÓN



El juez de Menores de Lleida ha archivado definitivamente el caso de bulling contra dos escolares de un instituto de Mollerussa después de que el informe de la Fiscalía solicitara el sobreseimiento de la causa.

Los dos chicos acusados de bulling contra un compañero de clase han reconocido su culpa durante un proceso de mediación, admitiendo ser conscientes del daño hecho con su acción a su compañero. La víctima les ha perdonado.
Ademas, los imputados han realizado ya algunas labores en servicios sociales como medida reparadora e geriátricos.

Los padres del menor denunciaron a los Mossos d'Esquadra a principios de año el acoso que sufría su hijo por parte de algunos compañeros de clase.

Carácter tímido
El joven, de 14 años y vecino del Palau d'Anglesola comenzó a ir al Institut La Serra de Mollerussa cuando empezó la secundaria. Su carácter tímido e introvertido no le facilitó la integración con sus compañeros de clase, pero la situación se agravó cuando, tal como denunciaron sus padres, algunos compañeros empezaron a hacerle la vida imposible con insultos, vejaciones e incluso agresiones físicas.
El detonante que llevó a sus padres a interponer la denuncia fue un dibujo en el que un compañero de clase representaba al chico con connotaciones homosexuales.
Los acosadores habían hecho fotocopias del dibujo y las habían repartido por todo el centro educativo.

Reforma de la ley

La reforma de la Ley del Menor aprovada la semana pasada endurece las penas por estos casos de bulling o acoso escolar, que en casos como el de Jokin tuvo un trágico desenlace con el suicidio del joven, que no pudo aguantar más las vejaciones e insultos de sus compañeros de clase.

La nueva ley, además, establece la posibilidad de imponer el alejamiento del agresor de sus víctimas en los casos de acoso escolar.
El incremento del número y la gravedad de los delitos cometidos por jóvenes de entre 14 y 18 años en los cinco años transcurridos desde la aprobación de la Ley orgánica de Responsabilidad Penal del Menor es la principal justificación de esta reforma, junto al propio mandato legal y parlamentario de su revisión en este tiempo.

La reforma, que no prevé sanciones para los menores de catorce años, introduce la posibilidad de que los jueces ordenen que, a partir de los 18 años y hasta los 21, los jóvenes puedan pasar a cumplir condena en un centro penitenciario ordinario.

Información extraida de: La Mañana

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