01 diciembre 2007

UGT actuará a través de la negociación colectiva contra la discriminación de los afectados por VIH-SIDA


1 de Diciembre, Día Mundial de la Lucha contra el SIDA

UGT considera una prioridad lograr la plena integración social y laboral de las personas afectadas por VIH-SIDA. El sindicato, con motivo del Día Mundial de lucha contra el SIDA, insiste en que mantiene su compromiso de incorporar en la negociación colectiva actuaciones dirigidas a la plena inclusión de estos trabajadores, a través de las políticas de igualdad y prevención, además de introducir en los convenios cláusulas que garanticen el empleo y la protección de sus derechos. UGT, que recuerda que las prácticas de algunas empresas de realizar pruebas sin el consentimiento del trabajador son ilegales y atentan contra el derecho de los trabajadores, apuesta por actuar para conseguir la normalización de esta enfermedad en el mundo laboral asimilándola a otras de carácter común o crónico.

Según el último informe del programa Común de Naciones Unidas sobre VIH-SIDA (ONUSIDA), España se encuentra entre los primeros países europeos con más enfermos de SIDA. Las estimaciones hablan de cerca de 140.000 enfermos en nuestro país, si bien desde 1996, según el Plan sobre SIDA, las nuevas infecciones han descendido entre 2.500 y 3.500, lo que supone el76%.

Si atendemos a la vía de contagio de VIH, en los últimos años en nuestro país, se muestra un cambio de tendencia. Si bien en los años 90 casi la mitad de las infecciones se debía a la mala práctica de compartir jeringuillas, el 30% por prácticas heterosexuales con riesgo y un 15% en homosexuales sin protección, ahora en la actualidad, la mitad de los nuevos diagnósticos se dan entre heterosexuales, cerca de un 30% por relaciones homosexuales sin protección y el resto por compartir jeringuillas.

Combatir la discriminación de las personas afectadas por el virus es prioritario para UGT, debiendo facilitar el acceso de estas personas a todos los recursos sociales, facilitando información y herramientas legales para su defensa.

Si nos centramos en el ámbito laboral, vemos que el VIH/SIDA sigue generando desconfianza y rechazo por miedo a un posible riesgo al contagio, a pesar de que no suponen riesgo alguno, ya que las únicas prácticas consideradas de riesgo son completamente ajenas a la relación laboral.

Debemos detectar y denunciar las situaciones discriminatorias y de exclusión que se puedan producir en ámbitos sociales y laborales, velando por la igualdad en el acceso en el empleo, el mantenimiento del puesto de trabajo, la compatibilidad de su actividad laboral con la asistencia a los tratamientos médicos específicos, y la reinserción de estos trabajadores. Además se deben introducir cláusulas garantistas en los Convenios Colectivos para evitar los despidos indiscriminados y la protección de sus derechos.

Nuestro Sindicato mantiene el compromiso de incorporar en los Convenios Colectivos los contenidos esenciales para una intervención sindical en caso de que haya trabajadores afectados para lograr su inclusión social mediante políticas tendentes hacia la igualdad y la prevención, y el diseño de acciones preventivas de situaciones de exclusión y la minimización de sus consecuencias una vez hayan aparecido.

Para UGT es fundamental prevenir e informar sobre las formas de contraer el VIH/SIDA, así como sensibilizar a la población en general de los riesgos que existen, de la importancia del uso del preservativo en sus relaciones sexuales y de no compartir las jeringuillas en el consumo de las drogas intravenosas, junto con el análisis de situaciones que pueden provocar la discriminación y/o exclusión social de los trabajadores/as afectados por el VIH/SIDA.

UGT denuncia la práctica de algunas empresas de realizar pruebas de detección del VIH, sin el consentimiento del trabajador, ocasionando despidos encubiertos o negándole el acceso al empleo. Pruebas que son innecesarias e ilegales y que atentan contra los derechos de los trabajadores.

Debemos actuar para conseguir la normalización de esta enfermedad en el mundo laboral asimilándola a cualquier otra de carácter común y crónico, que en caso de afectar al desarrollo del trabajo pueda ser objeto de una incapacidad de acuerdo con la normativa vigente.


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